ACCIÓN E INSTITUCIÓN. LA FILOSOFÍA Y LOS PROCESOS DE PAZ.

Por. Nayib Abdala Ripoll

Parece que una nueva visión de la acción humana surge de la filosofía contemporánea que parte del contraste entre acción e institución, presente en investigadores europeos como  Miguel Abensour  (1) y colombianos como Laura Quintana (2) de la Universidad de Los Andes. Es para mí algo nuevo. Tarde me asomo a él atónito por los cambios en las formas de ver los problemas, por ejemplo, a partir de lo que dicen los movimientos sociales.

Este tema, que merece un artículo aparte, nos parece que  está presente, además,  en el fondo de las opiniones sobre  la relación entre justicia y paz, de vital importancia para los países latinoamericanos que han buscado acabar la guerra interna por medio de un proceso de paz. Es un tema que puede, además ser utilizado por los expertos en mercadeo político para fomentar en las redes campañas de fanática oposición contra los que sean acusados de “entregar las instituciones a los terroristas” o a la inversa, contra los que “desperdiciaron la ocasión para acabar realmente con la guerra!”

La reciente publicación de la Universidad de Los Andes: “Intervenciones filosóficas en medio del conflicto. Debates sobre la construcción de la paz en Colombia hoy” (3) contiene  importantes trabajos entre los que, en este primer artículo,  vamos a limitarnos a destacar dos formas  diferentes de abordar el tema, a saber, la que parte de examinar las alternativas de comprensión del problema que se pueden encontrar en los movimientos sociales, que nos parece encontrar en el trabajo de Laura Quintana: “Construcción de paz, participación política y movimientos sociales” (4), y, por otro lado, la que parte de considerar paralelamente el aspecto político y el aspecto jurídico del proceso de paz, que nos parece encontrar, entre otros, en el trabajo de  Luis Eduardo Hoyos: “Paz Política y Pragmatismo social” (5). 

Naturalmente, los errores de la presentación debo pedir  de antemano que se me atribuyan a mí,  y no a  los autores. Del innovador y riguroso trabajo de Laura Quintana destacamos en primer lugar la importante observación de que la filosofía, con sus formas de interpretación de la realidad, puede incidir en una verdadera comprensión de las presuposiciones comunes sobre lo que se considera como característico de tal tipo de procesos, sea para corroborarlas, sea para examinar su origen y, a partir de ahí cuestionarlas.

Es decir que  no se trata de aplicar al caso colombiano marcos conceptuales externos,   generalmente europeos, ni de sobrecargar la complicada situación singular del caso colombiano aplicándole principios y normatividades complejos formulados sin un conocimiento suficiente del conflicto singular  real.

La autora propone más bien  un “ejercicio del pensar” que consiste en poner a prueba o “exponer”  las conceptualizaciones del conflicto enfrentándolas a determinadas experiencias concretas de los movimientos sociales, las cuales pueden poner en cuestión ciertas formas de pensar y ciertas asunciones comunes sobre la violencia y la paz. En suma, ella busca abrir un “espacio de inteligibilidad” nuevo, diferente de los caminos trillados, los cuales han convertido en invisibles a ciertos actores y problemas.

Para ella, en la Habana se dio una oportunidad de repensar formas de comprensión del conflicto, lo que permitió diferenciar dos tareas: la de la  discusión sobre la terminación del conflicto y la  del problema general de la construcción de la paz, entendida esta última como un largo proceso de búsqueda de soluciones a los problemas que causaron el conflicto violento. 

A diferencia del trabajo del profesor Hoyos, de la Universidad Nacional, el de la profesora Quintana, de la universidad de los Andes, no se ocupa primordialmente  de las condiciones normativas y pragmáticas que se deben tener en cuenta para gestionar un proceso de paz, ni de la búsqueda de un equilibrio entre las mismas para conducirlo al éxito, sino que ante todo le interesa saber de qué se habla cuando se dice: “construcción de paz”.

Y justamente por esa razón se propone mostrar que los llamados “movimientos sociales” pueden aportar enfoques alternativos para entender qué es un tal proceso, en cuanto algo abierto, finito e inacabado que no supone una neutralización de los conflictos sociales , sino la creación de las condiciones para que dejen de manifestarse como conflictos guerreros y más bien salgan a la luz como conflictos políticos, los cuales, a su vez, dejen de ser entendidos, como hasta ahora, como algo ajeno y extraño al mundo común.

Ahora bien, para entender eso hay que señalar que la experiencia de los movimientos sociales ha mostrado que ellos no entienden por “democracia” una mera forma de gobierno, sino cierto tipo de prácticas políticas que se consideran indispensables para lo que se llama construcción de paz.

Por ejemplo, a su modo de ver, el Paro Agrario de 2013 supuso formas de des-identificación con identidades establecidas, tal como la identificación común y corriente  del campesino como un ignorante imposible de ser tomado como interlocutor para tratar de problemas de organización política.

Precisamente en la obra del escritor Alfredo Molano encuentra ella el testimonio de que durante uno de esos movimientos, el pliego de peticiones de la Mesa Agropecuaria y Popular de Interlocución y Acuerdos (MIA) llevaba unas propuestas tan serias que trascendían los límites  del conflicto, lo que para la autora es señal de que se debe superar la tendencia a ver los Movimientos Sociales como movimientos de carácter “reactivo y parasitario” y la tendencia, en los casos en los que se  les haya reconocido la capacidad de propuestas constructivas, a limitar su participación obligándolos a seguir las instituciones establecidas o convencionales.

Por esta razón la autora propone ver en esos Movimientos Sociales casos posibles de verdaderas contribuciones políticas, de auténticas “acciones políticas” que no necesariamente se oponen totalmente a las instituciones del Estado de Derecho y que no deben ser obligadas a seguir los canales convencionales de  las instituciones políticas establecidas. 

Por su parte, el trabajo del profesor Luis Eduardo Hoyos ofrece la ventaja, para el ciudadano y el profano  que lo abordamos para librarnos  de las interpretaciones mediocres y fundamentalistas del periodismo trivial, no sólo de su claridad, a pesar de la complejidad del tema, sino también la de la ordenada presentación y el riguroso examen de los argumentos a favor y en contra del proceso de paz.

En efecto, para comprender ese debate el autor considera necesario tener en cuenta dos aspectos. En primer lugar, el carácter político del proceso de paz  (olvidado por los análisis de los medios de comunicación que pretenden abordarlo sólo a partir del marco jurídico) que supone que haya cierta “voluntad de paz” por parte de los participantes,  y, en segundo lugar, la consideración de que sin transformaciones institucionales no se puede intentar cambiar la situación de guerra (lo que ignoran los analistas que lo consideran sólo como un mero asunto de “política”, en el mal sentido de la palabra).

Ahora bien, el autor traza  ordenadamente dos líneas de argumentación opuestas y no sólo diferentes, sobre la relación entre lo jurídico y lo político, con la suposición de que durante procesos como el de construcción de paz  se busca un equilibrio que previamente se supone debe de existir entre la búsqueda de la paz  y la aplicación de la justicia en una situación de conflicto armado que debe tener consideración con las víctimas y llevar a rendir cuentas a los victimarios.

Ahora bien, se llama justicia transicional la que se aplica en situaciones críticas como en el paso de las dictaduras al Estado de Derecho o como en el paso de un conflicto armado o guerra civil al restablecimiento de la paz, caso éste último aplicable a Colombia.

El autor muestra cómo  una larga tradición que se  remonta a la importantísima filosofía política y moral del filósofo alemán de la Ilustración Immanuel  Kant en el fondo tiende a subordinar lo político a lo jurídico, lo cual puede conducir a cierto tipo de interpretaciones extremas como si el derecho debiera permanecer intacto, como algo sagrado, aunque ocasione sacrificios (como lo resumía el latinajo muy repetido: “Fiat justitia, pereat mundus” es decir, “hágase justicia, aunque el mundo perezca”).

Ahora bien, para Kant  la política era el derecho mismo puesto en práctica, idea que la historia ha puesto en cuestión, pues durante el siglo XX, al observar que después de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, con la cual se creyó cerrar para siempre las atroces dos primeras guerras mundiales, siguieron dándose crímenes de guerra, aunque se había fortalecido la idea de que la paz se consigue por medio del derecho, base de la creación de la Corte Penal Internacional pues parecía que poner fin a la impunidad de los crímenes de guerra es la única vía que contribuye a la prevención de nuevos crímenes

Así se llega a pensar que la justicia y el derecho, por estar fundados nada menos que en la dignidad humana y la libertad, tienen que prevalecer incluso en situaciones en que su aplicación acarree sufrimientos a la sociedad política.

Sin embargo, el autor muestra que esa concepción “retribucionista” del derecho, según la cual sólo el castigo asegura que en el futuro no se repitan nuevos crímenes, puede obstaculizar los procesos de paz en situaciones críticas y por eso vale la pena detenerse a examinar los argumentos a favor y en contra de esa tesis.

Para él  se enfrentan dos líneas de argumentación: en primer lugar,   la que hace  predominar lo jurídico sobre lo político, para la cual la justicia es retribución, y por tanto hay que castigar al que hizo el mal en el pasado, pues la retribución es disuasiva, garantía de no impunidad y no repetición, además de que evita que las víctimas se hagan justicia por la propia mano.

En segundo lugar, a la inversa,  otra linea de investigación hace predominar la política sobre el derecho, porque la paz se consigue mirando hacia el futuro, hacia lo nuevo que se busca y se espera y no hacia el pasado que se busca castigar;  además, también una paz acordada y no sólo el castigo  puede ser disuasiva; por otro lado, más que con la idea de retribución es con la idea de la justicia como reparación  real y simbólica que se evita que las víctimas busquen justicia por su propia mano. Por último, se subraya que es la existencia de un conflicto armado interno y no sólo la impunidad, la principal causa de la violación de los derechos humanos.

El autor culmina su trabajo con profundas observaciones sobre los principales argumentos, Así muestra que el retribucionismo tiene una noción ideal de la justicia, la cual hace abstracción de la situación real  cuando insiste en la idea de castigar en proporción al delito sin importarle las consecuencias que pueda tener para la gente desarmada, que es la mayor parte del pueblo. Por otro lado, los documentos que corroboran esta idea, como el Estatuto de Roma no fueron firmados por todos los países y de ahí cierta vulnerabilidad.

Por otra parte, el argumento que pide que la política predomine sobre el derecho, parece tener más en cuenta la situación real de los que sufren más descarnadamente la violencia. Cita a juristas como Uprimmy y Saffon  que han concluido que para tiempos imperfectos se necesita una justicia imperfecta, tanto más si para poner fin a un conflicto se desarrolla un proceso de paz.

Se trata, pues de asumir cierto pragmatismo social que más que retribución perfecta busca crear unas condiciones institucionales para la inclusión social y para la no repetición.

Ahora bien, para el autor el desarrollo de la argumentación muestra más que un conflicto sin salida de dos ideas contrarias, dos órdenes de prioridades, y en un proceso de paz de lo que se trata es de romper la “falsa dicotomía” (p.16). Así, las posturas extremas cederían si se instaurara un proceso de justicia transicional que contemple la imposición de penas alternativas y reducción de penas a condición de que se muestre una clara voluntad de paz que incluya aspectos objetivos como la dejación de las armas, la cooperación en la reconstrucción de la verdad y la reparación tanto real como simbólica.

Mientras leía este minucioso  trabajo de  examen de las argumentaciones pensé que hace muchos años había observado en mis lecturas desordenadas de juicios políticos  que en juicios como el proceso seguido al general Raoul Salam, defensor de la Argelia Francesa contra la Francia del General De Gaulle en los años sesentas, estaba presente el jurista Jacques Berges, (Llamado el “abogado del diablo”) quien mostraba que en juicios políticos contra criminales de guerra o contra generales golpistas  no sólo se enfrentaba el acusado golpista o secesionista contra la institucionalidad oficial, sino que se trataba de dos visiones diferentes del mismo orden institucional, que merecían ser tratadas con suma atención, dicho esto con mi balbuceo de profano de la admirable ciencia del derecho.

Ahora bien, quien examine estas dos grandes formas de reflexión sobre el proceso de construcción de paz, la que busca comprender de qué se trata cuando se plantea la necesidad de acudir a él y la que examina vertientes opuestas de argumentación que se dan en dicho proceso, puede concluir que  ponen en guardia, al ciudadano responsable que se acerca a ellas,  contra el facilismo, la habladuría y la frivolidad cuando no el fanatismo de los comentaristas irresponsables de los procesos de paz de algunos medios de comunicación social en América Latina.

Notas
1.   Miguel Abensour. “Democracia Insurgente e Institución”, Enrahonar. Quaderns de Filosofía 48. 2012, pp.31-48
2.   Laura Quintana. “¿Cómo prolongar el acontecimiento? Acción e institución en Hanna Arendt. Argumentos, Año 5 N° 9 Fortaleza, Jan. /jun. 2013 
3.   Anders Fjeld, Carlos Manrique, Diego Paredes y Laura Quintana. Intervenciones filosóficas en medio del conflicto. .Debates sobre la construcción de Paz en Colombia hoy. Universidad de los Andes. Universidad Nacional de Colombia. Bogotá Ediciones Uniandes 2016

4.   Ibíd., pp 213- 228.

5.   Ibíd. Pp. 3- 31.  




In a publication of Universidad de Los  Andes of Bogota we find philosophical reflections on the colombian  peace process and the Colombian armed conflict. We highlight two. One wonders what is meant by peace building, the other one examines arguments for and against the peace process.





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